Asuntos Capitales

Índice Internacional de los Derechos de Propiedad (IPRI) 2010

“Los principios de una sociedad libre y próspera radican en garantizar libertad y propiedad privada. Estos requisitos corresponden a un estado de derecho donde se entienden que el mercado no puede funcionar eficientemente sin estado de derecho y el estado de derecho no puede funcionar sin mercado. Ambos son dos caras de una misma moneda. Una no puede existir sin la otra. Este es el mercado con que opera una sociedad abierta dentro de un gobierno limitado.”


Ricardo Lecumberri
LUNES, 1 DE MARZO DE 2010
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El pasado 23 de febrero del presente año, la Property Rights Alliance a través de la ayuda y coordinación de Hernando de Soto y diferentes organizaciones asociadas, dieron a conocer su informe sobre el Índice Internacional de Derechos de Propiedad 2010, el cual se presenta como un estudio comparativo internacional que mide la importancia de la propiedad física e intelectual de los derechos de propiedad así de como su protección para el bienestar económico.

El Índice Internacional de los Derechos de Propiedad proporciona al público, los investigadores y los diseñadores de políticas de todo el mundo, una herramienta para el análisis comparativo y la investigación futura sobre los derechos de propiedad mundial. El índice tiene por objeto ayudar a los países de bajo rendimiento para desarrollar economías sólidas a través de un énfasis en un sólido derecho de propiedad. El IPRI utiliza tres áreas principales de derechos de propiedad para crear una puntuación compuesta: Entorno Político y Legal (LP), los Derechos de Propiedad Física (PPR), y de Derechos de Propiedad intelectual (IPR), a través del análisis de datos sobre una muestra de 125 naciones alrededor del mundo (de 70 países en su primera edición).

Los derechos de propiedad representan el prerrequisito vital para el progreso económico y la prosperidad. En muchos países, el derecho legal sobre la propiedad es tomado como una concesión natural otorgada a los individuos en la medida en que éstos tienen diversas opciones sobre la manera en que desean utilizar su propiedad, sea que un individuo puede decidir si compartir o no su propiedad, invertirla o venderla, adquirir activos adicionales o simplemente transferirla, sin embargo, ciudadanos de otras partes del mundo generalmente carecen de estas mismas opciones que son establecidas bajo los principios de la libertad y el mercado. A menudo esto se debe a razones como fallas en la estructura legal por parte del gobierno en el establecimiento de derechos de propiedad (por ejemplo débiles sistemas de títulos y escrituraciones) o porque dichos derechos de propiedad carecen de un marco de aplicación o de garantías sobre la confiscación o embargo forzado por terceras personas o quizá incluso por el gobierno.

Esta escasez o falla en el establecimiento de un verdadero marco de la ley y derechos de propiedad es perjudicial en el desarrollo social y económico de una nación y subsecuentemente sobre sus relaciones con otros países. Una estructura debilitada conducirá no solamente a la pérdida de confianza en el sistema legal de derechos de propiedad, sino que incentiva el surgimiento de la actividad informal o mercados negros y también extiende su influencia negativa sobre decisiones de inversión por parte de multinacionales quienes verán en peligro el retorno de sobre dichas inversiones. Asimismo, el grado sobre el cual se protege la propiedad intelectual contiene una alta influencia sobre la capacidad de los individuos en la formación de ideas y en la innovación de nuevos productos a desarrollar para el beneficio y progreso económico.

En general, el Índice IPRI se basa en la calificación de diez factores divididos en tres grandes categorías:

1) Entorno legal y político (LP)

    1. • Independencia Judicial
    2. • Estado de Derecho
    3. • Estabilidad política
    4. • Control de la corrupción

2) Derechos de propiedad físicos (PPR)

    1. • Protección legal de los derechos de propiedad
    2. • Registro de propiedad
    3. • Acceso a créditos

3) Derechos de propiedad intelectual (IPR)

    1. • Protección legal de los derechos de propiedad
    2. • Fortaleza y protección de las patentes
    3. • Piratería sobre Copyright

Así, la escala de calificación global del Índice Internacional de Derechos de Propiedad va del 0 al 10, representando el número 10 el nivel mayor fortaleza en la protección de los derechos de propiedad y el 0 refleja la no existencia de un sistema seguro de derechos de propiedad. Similarmente, cada una de las categorías o factores son calificadas con la misma escala del 0 al 10.

En general, dentro de la muestra de 125 países, el país en primer lugar de la clasificación por cuarto año consecutivo es Finlandia con un ranking de 8.6 puntos, seguido de Dinamarca y Suecia (8.5 ptos c/u), Holanda con 8.4 ptos; Noruega, Suiza y Nueva Zelanda, con 8.3 ptos cada uno, respectivamente; Singapur, Australia, y Austria con 8.2 puntos cada uno; Luxemburgo con 8.1 puntos; Alemania, Canadá e Irlanda con 8.0 puntos, respectivamente. Por otra parte, los países con las peores calificaciones en materia de derechos de propiedad le corresponden a Bolivia (3.4 ptos), Burundi (3.3 ptos), Chad, Zimbabwe y Venezuela con 3.2 puntos cada uno; Costa de Marfil con 3.2 puntos y Bangladesh con 2.9 puntos.

Ranking IPRI por Quintil
(Arriba; más fuertes; Abajo: más débiles)


Mejor 20%

2do. Quintil

3er. Quintil

4to Quintil

Peor 20%

Finlandia

Qatar

Uruguay

Benin

Nepal

Dinamarca

Corea del Sur

Eslovenia

Sri Lanka

Azerbaiján

Suecia

Taiwán

Polonia

Honduras

Etiopía

Holanda

Estonia

India

Tanzania

Uganda

Noruega

Malta

Letonia

Filipinas

Serbia

Suiza

Chipre

Panamá

Vietnam

Ecuador

Nueva Zelanda

Omán

Rumania

Zambia

Pakistán

Singapur

Hungría

Jamaica

Montenegro

Guyana

Australia

Chile

Bulgaria

Mauritania

Armenia

Austria

Eslovaquia

Turquía

República Dominicana

Camerún

Luxemburgo

Puerto Rico

Trinidad y Tobago

Moldavia

Albania

Alemania

Israel

Ghana

Argentina

Nigeria

Canadá

República Checa

Tailandia

Perú

Georgia

Irlanda

Bahrein

Brasil

Kazajstán

Algeria

Estados Unidos

Lituania

China

Guatemala

Libia

Islandia

Jordania

Marruecos

Kenya

Bosnia y Herzegovina

Reino Unido

Arabia Saudita

Egipto

Rusia

Nicaragua

Japón

Malasia

Colombia

Brunei

Paraguay

Hong Kong

Italia

Siria

Madagascar

Bolivia

Bélgica

Bostwana

Croacia

Senegal

Burundi

Francia

Gracia

El Salvador

Mozambique

Chad

Emiratos Arabes Unidos

Mauritania

Malí

Ucrania

Zimbabwe

Portugal

Túnez

México

República Kirgyz

Venezuela

Sudáfrica

Kwait

Malawi

Indonesia

Costa de Marfil

España

Costa Rica

Burkina Faso

Macedonia

Bangladesh

Por otra parte, y una de las premisas principales del presente índice descansa en la correlación existente entre los países que gozan de un efectivo régimen de derechos de propiedad y su crecimiento económico, de tal manera que de acuerdo a la distribución promedio del ingreso entre países por quintil, los países con las calificaciones más altas en el IPRI, tienden a ser las naciones con ingresos per cápita más altos. Asimismo, los países con mayor debilidad en las calificaciones de derechos de propiedad, gozan de los menores ingresos per cápita. Adicionalmente, los países con fuertes regimenes de derechos de propiedad atraen mayor IED, y viceversa. Finalmente, los países desarrollados con altos niveles de derechos de propiedad cuentan con mayores niveles de crecimiento en el PIB per cápita que aquellos que fallan en sus derechos de propiedad, destacando para estos efectos el rol que los derechos de propiedad pueden jugar para aliviar la pobreza.

En el caso de México, la calificación alcanzada en el IPRI 2010 es de 4.7 puntos (LP: 4.0 ptos; PPR: 5.3 ptos; e IPR: 4.9 puntos), alcanzando el lugar 72 en las 125 economías estudiadas, una disminución de 0.2 puntos respecto a la calificación otorgada en el IPRI 2009. Por regiones, el estudio ubica a México en la región de Norteamérica, por lo que éste alcanza el lugar 3 de 3 y muy por debajo de Estados Unidos y Canadá y del promedio de dicha región de 8.0 puntos; pero si de compara respecto a la zona de Latinoamérica, México se encuentra exactamente en el promedio de la región de 4.7 puntos, y en lo individual por debajo de Chile con 6.4 puntos, Puerto Rico con 6.3 puntos, Costa Rica con 5.7 puntos, Uruguay con 5.7 puntos, Panamá con 5.4 puntos, Jamaica con 5.3% Trinidad y Tobago con 5.2 puntos, Brasil con 5.1 puntos Colombia con 5.0 puntos y El Salvador con 4.8 puntos cada uno respectivamente.

Adicionalmente, México continuó cayendo en el IPRI 2010 y sus tres grandes categorías que conforman el IPRI no fueron la excepción, disminuyendo por segundo año consecutivo. En el LP, cuando las calificaciones del factor Estabilidad política y el Estado de Derecho disminuyeron ligeramente, la calificación de la Independencia Judicial disminuyó 0.3 puntos en el IPRI 2010 y el la calificación del Control de la corrupción mejoró. Adicionalmente, la calificación del PPR fue afectada por dos de sus categorías que la conforman (Protección legal de los derechos de propiedad y Acceso a créditos), los cuales disminuyeron por segundo año consecutivo. Finalmente la categoría de IPR también disminuyó en 0.3 puntos respecto al año anterior.

Los principios de una sociedad libre y próspera radican en garantizar libertad y propiedad privada. Estos requisitos corresponden a un estado de derecho donde se entienden que el mercado no puede funcionar eficientemente sin estado de derecho y el estado de derecho no puede funcionar sin mercado. Ambos son dos caras de una misma moneda. Una no puede existir sin la otra. Este es el mercado con que opera una sociedad abierta dentro de un gobierno limitado.

Como se sabe, los resultados económicos de un país se deben a los resultados económicos de las empresas. Si las empresas en su conjunto se desarrollan, entonces el PIB crece. Esto se debe a que las decisiones empresariales han sido exitosas, lo que ha permitido producir riqueza en abundancia, empleos, e ingresos para trabajadores y empresarios. Pero nada de esto es posible si la unidad económica básica de la economía de la oferta –como es la empresa privada- no tiene garantizada su libertad para crear riqueza a través de los derechos de propiedad.

Si la propiedad privada es segura tendremos inversiones de corto, mediano y largo plazo. Si un país no ofrece seguridad a la propiedad privada, no hay inversiones de largo plazo, lo que condena el futuro crecimiento de los ingresos de los trabajadores y empresarios.

La correlación positiva entre la protección de los derechos de propiedad y el bienestar económico nos indican el camino a seguir. Dentro de las tan ansiadas y urgentes reformas estructurales que necesita nuestro país, se debe considerar también una profunda reforma a los derechos de propiedad para otorgar y garantizar de manera jurídica, en pocas palabras, “que lo tuyo sea tuyo y de nadie más”.