Una reforma fiscal correcta debe ser, primero,
reforma presupuestaria y, solamente después, reforma tributaria. Una reforma
fiscal correcta debe comenzar por responder las siguientes tres preguntas. ¿Qué
debe hacer el gobierno? ¿Cuánto necesita para hacerlo? ¿Cómo debe hacerlo? Lo
anterior implica, obviamente, que la reforma fiscal correcta supone la reforma
del gobierno. De allí que resulte, si no imposible, sí muy difícil.
Haciendo de lado, para efectos de estos Pesos y Contrapesos, la fase
presupuestaria de la reforma fiscal, centro la atención en la dimensión
tributaria de la misma, la que tiene que ver con tres preguntas básicas: ¿qué
impuestos cobrar, a qué tasas cobrarlos, y a quiénes cobrárselos? Las
respuestas correctas a estas preguntas son: impuestos al consumo; la misma tasa
en todos los casos; a todos los consumidores, y a cualquier consumo.
El sistema impositivo correcto, tanto desde el
punto de vista de la eficacia, como de la justicia, es el del impuesto único
(ni uno más), homogéneo (la misma tasa en todos los casos), universal (sin
excepción), no expoliatorio (para que su cobro no se
convierta en un robo con todas las de la ley), al consumo (no al ingreso, no al
patrimonio). El sistema impositivo mexicano está integrado por muchos impuestos,
que gravan el ingreso, el patrimonio y el consumo; con tasas expoliatorias en muchos casos; con muchas excepciones, y
con diversas tasas, lo cual lo hace ineficaz e injusto. ¿Cómo evitar esto
último? Con un impuesto, parejo, al consumo.
¿Por qué? No solamente porque desde el punto de
vista de la eficacia y la justicia es lo correcto, sino porque así lo exige
Comienzo haciéndole, a usted lector, la
siguiente pregunta: ¿tiene el ser humano derecho al producto íntegro de su
trabajo? La mayoría de los cuestionados responde afirmativamente, convencidos
de que toda persona tiene derecho al producto total de su esfuerzo laboral, por
lo cual nadie debe, por la fuerza, apropiarse de una parte del mismo, algo que
se reconoce en el artículo 5 constitucional, en el cual se afirma que “nadie
puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.
¿Pero qué otra cosa, sino privarnos de parte del fruto de nuestro trabajo,
hacen los impuestos que gravan el ingreso y el patrimonio, por ejemplo, el ISR,
el predial o la tenencia?
Dos observaciones entre paréntesis. Primera: si
todo mundo tiene derecho al producto de su trabajo, ¿qué justifica el cobro de
impuestos que gravan el ingreso y el patrimonio, que son el fruto del trabajo, sobre
todo cuando los mismos se usan con fines redistributivos,
es decir, cuando el gobierno le quita a unos para darle a otros? Segunda: al
final de cuentas los impuestos que gravan el consumo privan al contribuyente, indirectamente,
de parte del producto de su trabajo.
Al margen de estas dos observaciones, me queda
claro que el fundamento constitucional a favor del impuesto al consumo lo
encontramos en el artículo 5 de
Continuará.